Superintendencia de Pensiones

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Consulta de AFP

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Atención:

El uso inapropiado o sin autorización del dueño de la cedula a consultar, está penado por el artículo 6 de la ley 53-07 contra crímenes y delitos de alta tecnología.

Articulo 6.- Acceso Ilícito. El hecho de acceder a un sistema electrónico, informático, telemático o de telecomunicaciones, o a sus componentes, utilizando o no una identidad ajena, o excediendo una autorización, se sancionara con las penas de tres meses a un año de prisión y multa desde una vez a doscientos veces el salario mínimo.